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Registro Voluntario de las Organizaciones de la Sociedad Civil y Grupos Ciudadanos

Sobre el Registro Voluntario de las Organizaciones de la Sociedad Civil y Grupos Ciudadanos

 

Justificación

El Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes , es la instancia encargada de llevar a cabo la vinculación efectiva  con distintos sectores de la sociedad, como lo es la academia, el sector social, Organizaciones de la sociedad civil, grupos y asociaciones, colegios de profesionistas, cámaras empresariales, así como de los mecanismos institucionalizados de participación ciudadana, entre otros.  Por lo anterior, la creación del Registro Voluntario de Las Organizaciones de la Sociedad Civil y Grupos Ciudadanos.

El CPC en el artículo 21 de la Ley del sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, consagra sus atribuciones, que no son más que la encomienda legal que tiene la instancia. La fracción IX, específicamente establece la creación de una red ciudadana que será el mecanismo que permitirá establecer coordinadamente la interrelación entre las organizaciones de la sociedad civil y el CPC.

 

Llevar un registro voluntario de las organizaciones de la sociedad civil que deseen colaborar de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno

 

Por consecuencia, a fin de cumplir debidamente con lo estipulado en la ley y consolidar los medios de vinculación entre la sociedad organizada y el CPC, se propone el Registro Voluntario de Las Organizaciones de la Sociedad Civil y Grupos Ciudadanos.

 

Del objetivo general

Colaborar de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana (CPC) en el diseño, implementación y seguimiento de acciones y propuestas para el combate a la corrupción en el estado de Aguascalientes

De los objetivos específicos

  1. Crear y fortalecer núcleos anticorrupción de la sociedad civil;
  1. Propiciar y fortalecer espacios de discusión, intercambio de conocimiento, de experiencias y de incidencia en la prevención, detección, investigación y sanción de la corrupción;

III. Colaborar en la creación e impulso de las políticas públicas para combatir la corrupción y promover buenas prácticas en la gestión pública.

 

De los integrantes

Será considerada integrante del Registro:

  • La organización, agrupación, asociación, grupo ciudadano u institución que tenga como propósito principal interno el combate a la corrupción y/o la promoción de la participación ciudadana, la rendición de cuentas, transparencia y el gobierno abierto; que resida en el algún municipio del estado; que posea un mínimo de dos años de existencia, y adquiera el compromiso formal que se expresan en los objetivos del Registro de OSC mediante la suscripción del protocolo de participación.

 

Proceso de registro:

  • Cada organización, agrupación, asociación, grupo ciudadano u institución de la sociedad civil interesada en formar parte Registro Voluntario de Las Organizaciones de la Sociedad Civil y Grupos Ciudadanos, deberá proponer el nombre de una persona que asumirá la representación y un suplente.
  • Para registrar, la organización, agrupación, asociación, grupo ciudadano u institución deberá llenar en línea una ficha de inscripción, además de notificar por correo si es que la invitación remitida por el CPC fue aceptada o rechazada.
  • Los integrantes del CPC revisarán la solicitud y le comunicarán a la organización, agrupación, asociación, grupo ciudadano u institución el Folio de su registro.
  • Una vez que se verifique el cumplimiento de los requisitos, se deliberará la autorización de incorporación al Registro Voluntario de Las Organizaciones de la Sociedad Civil y Grupos Ciudadanos, para lo cual se les harán llegar la constancia correspondiente.
  • El CPC mediante el representante de la OSC o grupo ciudadano, enviará la constancia firmada por el CPC.

Del compromiso

Las personas y las instituciones/organizaciones de sociedad/asociaciones civiles/grupos ciudadanos pertenecientes al Registro se comprometen a participar activamente y cumplir con las tareas que se deriven del compromiso.

 

De la Permanencia

 

La participación en el Registro será por un periodo mínimo de seis meses y sujeta a renovación. Su permanencia no se encuentra sujeta a cuotas económicas sino a un compromiso manifiesto de participación.

De la renuncia

Las instituciones/organizaciones de sociedad/asociaciones civiles/grupos ciudadanos podrán renunciar en cualquier momento, para lo cual deberá entregar comunicación por escrito que deje constancia de su decisión.

De la toma de decisiones

Las instituciones/organizaciones de sociedad/asociaciones civiles/grupos ciudadanos pertenecientes al Registro están de acuerdo en apegarse a un modo de entendimiento entre las partes para llegar a compromisos, el cual consiste en la adhesión o no a los asuntos, contenidos, temas, pronunciamientos o actividades propuestos por los registrados. Dicha adhesión es de carácter voluntario, por lo que no aparecerá su nombre en aquellos asuntos, contenidos, temas, pronunciamientos o actividades a los que no se haya adherido.

De la comunicación

Se utilizarán el correo institucional del CPC para mantener una comunicación ágil y fluida con los registrados, así como para convocar, adherir, requerir y atraer a instituciones y organizaciones de la sociedad civil/asociaciones civiles/grupos ciudadanos.

De la transparencia de las sesiones

Las sesiones, mesas de trabajo y reuniones de la Red serán públicas y podrán ser transmitidas por los sistemas a los que se tenga acceso, a través de medios digitales, redes sociales etc.

Si te interesó, te invitamos a llenar el siguiente formulario:


 

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Iniciativa por la Integridad Recomendaciones No Vinculantes

RECOMENDACIONES NO VINCULANTES A FIN DE SER ANALIZADAS Y APROBADAS POR LA COMISION EJECUTIVA Y SER INCORPORADOS A LOS INFORMES ANUALES DEL COMITÉ COORDINADOR 2022.

Acuerdo del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción Sesión Extraordinaria 28 de Julio 2022

Acuerdo CPC-SEA-114-28/07/2022

CONCENTRADO DE PROPUESTAS PARA LA EMISIÓN DE RECOMENDACIONES NO VINCULANTES

Video de la Sesión
Video Sesión Extraordinaria 28 Julio 2022

Acuerdo del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción Sesión 31 de Agosto 2022
Acuerdo CPC-SEA-119-31/08/2022

Video de la Sesión
Video Sesión Ordinaria 31 Agosto 2022

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PROGRAMA DE TRABAJO ANUAL 2022

PROGRAMA DE TRABAJO ANUAL 2022

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Iniciativa por la Integridad Sala de Prensa

Boletín de Prensa Presentan “Iniciativa por la Integridad 3 de 3” en elección por la gubernatura

Boletín. Iniciativa 3 de 3 CPC IEE

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ENTREGAN A LOS 33 CONGRESOS DEL PAÍS INICIATIVA PARA VOLVER OBLIGATORIA #3DE3 EN PROCESOS ELECTORALES

ENTREGAN A LOS 33 CONGRESOS DEL PAÍS INICIATIVA PARA VOLVER

OBLIGATORIA #3DE3 EN PROCESOS ELECTORALES.

 

  • Comités de Participación Ciudadana de todo el país, órganos garantes de transparencia y Transparencia Mexicana entregaron al Congreso Federal y los 32 congresos estatales iniciativa de reforma para hacer obligatoria la #3de3 de candidatos y candidatas en elecciones.

 

  • En las elecciones del 2021, solo 5.4% (7,435) de los 135 mil candidatos presentaron su declaración patrimonial, intereses y fiscal, conocida como la declaración #3de3.

 

El Comité de Participación Ciudadana del Estado de Aguascalientes y Transparencia Mexicana entregaron al Honorable Congreso del Estado de Aguascalientes una iniciativa para reformar las leyes en materia electoral y de transparencia para que sea obligación de toda candidata y candidato presentar y publicar su declaración patrimonial, de intereses y constancia de cumplimiento fiscal (#3de3).

No puede haber voto informado sin información. El objetivo de la reforma es homologar la disponibilidad de información sobre candidatos y candidatas a cargos de elección popular en todo el país.

La iniciativa presentada busca que las candidatas y candidatos, así como sus suplentes, presenten su #3de3 de manera obligatoria utilizando los formatos aprobados por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y las autoridades reunidas alrededor del Sistema Nacional de Transparencia.

En 2021, tanto el Comité de Participación Ciudadana de Aguascalientes, como Transparencia Mexicana identificaron problemas graves en la disponibilidad de información sobre candidatas y candidatos. Dos de cada tres electores registrados en la lista nominal (57 millones de los 94 millones que integran la lista) no contaron con información mínima sobre quiénes eran los y las candidatas que pedían su voto.

De los más de 135 mil candidatos y candidatas propietarias que se postularon a un cargo de elección popular, solo 5.4% (7,345) presentó y publicó información para que las y los votantes ejercieran su voto de manera informada.

El mínimo para participar en democracia es la información. Cuando una democracia no permite a sus ciudadanos tener información que permita comparar y elegir entre las personas que quieren representarles, es una democracia endeble.

 

 

Contacto con Medios

Comité de Participación Ciudadana del Estado de Aguascalientes

   
E-mail: cpc@seaaguascalientes.org Tw: @cpcseaags
Whatsapp: 449 580 3224 Fb: Comité de Participación Ciudadana Anticorrupción
Web:  cpcags.org

 

Transparencia Mexicana, capítulo México de Transparencia Internacional

E-mail: info@tm.org.mx Tw: @IntegridadMx
Whatsapp: 5525292740 Fb: /TransparenciaMexicana/
Telegram: https://t.me/transparenciamexicana Ig: Transparencia_Mexicana
Web: tm.org.mx
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Transparencia Mexicana y grupo de trabajo proponen hacer obligatoria #3de3 para candidatos y candidatas de todo el país

Comunicado_de_prensa_conjunto_Van_por_3de3_electoral_23092021

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¿Cuáles son las funciones del CPC Aguascalientes?

Es un grupo de cinco ciudadanos de probidad y prestigio, destacados por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción en el Estado.

¿CUÁLES SON LAS FUNCIONES
DEL COMITÉ DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA?

Entre otras:

  • Participar en la Comisión Ejecutiva en términos de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes.
  • Tener acceso sin ninguna restricción a la información que genere el Sistema Estatal; así como a cualquier otra de carácter público que resulte necesaria, adecuada y oportuna para el mejor desempeño de sus funciones;
  • Opinar y realizar propuestas, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, sobre la política estatal y las políticas integrales;
  • Proponer al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, para su consideración:
    1. Proyectos de bases de coordinación interinstitucional e intergubernamental en las materias de fiscalización y control de recursos públicos, de prevención, control y disuasión de faltas administrativas y hechos de corrupción, en especial sobre las causas que los generan;
    2. Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para la operación de la Plataforma Digital Estatal y su coordinación para la integración de la información del Estado a la Plataforma Digital Nacional;
    3. Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos para el suministro, intercambio, sistematización y actualización de la información que generen las instituciones competentes de los diversos órdenes de gobierno en las materias reguladas por la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes.
    4. Proyectos de mejora a los instrumentos, lineamientos y mecanismos requeridos para la operación del sistema electrónico de denuncia y queja;
  • Proponer al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, mecanismos para incentivar la participación ciudadana en materia de prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción;
  • Proponer al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, mecanismos para incentivar la participación ciudadana en materia de prevención y denuncia de faltas administrativas y hechos de corrupción;
  • Llevar un registro voluntario de las organizaciones de la sociedad civil que deseen colaborar de manera coordinada con el Comité de Participación Ciudadana para establecer una red de participación ciudadana, conforme a sus normas de carácter interno; y proponer mecanismos de articulación entre las organizaciones, la academia y grupos ciudadanos.
  • Opinar o proponer, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, indicadores y métodologias para la medición y seguimiento del fenómeno de la corrupción, así como para la evaluación del cumplimiento de los objetivos y metas de la política estatal, las políticas integrales y los programas y acciones que implementen las autoridades que conforman el Sistema Estatal;
  • Proponer reglas y procedimientos mediante los cuales se recibirán las peticiones, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas que la sociedad civil pretenda hacer llegar a la Secretaría de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Gobierno del Estado, o al Órgano Superior de Fiscalización del Estado;
  • Opinar sobre el programa anual de trabajo del Comité Coordinador;
  • Realizar observaciones, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, a los proyectos de informe anual del Comité Coordinador;
  • Proponer al Comité Coordinador, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, la emisión de recomendaciones no vinculantes;
  • Promover la colaboración con instituciones en la materia, con el propósito de elaborar investigaciones sobre las políticas públicas para la prevención, detección y combate de hechos de corrupción o faltas administrativas en el Estado;
  • Dar seguimiento al funcionamiento del Sistema Estatal; y
  • Proponer al Comité Coordinador mecanismos para facilitar el funcionamiento de las instancias de contraloría social existentes, así como para recibir directamente información generada por esas instancias y formas de participación ciudadana.