Comités ciudadanos


El Comité Ciudadano es el instrumento de representación ciudadana de la colonia, para la atención de problemáticas específicas ante las autoridades Estatales y Municipales. 

Artículo 99.- El Comité Ciudadano puede actuar en cualquier tema relacionado a: I. Seguridad vecinal; II. Prevención del Delito y las adicciones; II. Desarrollo comunitario y vecinal; III. Capacitación y Formación Ciudadana y de Comunicación y Cultura Cívica; IIII. Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente; IV. Ocupación y Empleo; V. Movilidad y transporte público; VI. Fomento a los Derechos Humanos y a la equidad de género; o VII. Mejoramiento de las condiciones de su entorno. 

Artículo 100.- El Comité Ciudadano tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 

  1. Representar los intereses colectivos de los habitantes de la colonia, así como conocer, integrar, analizar y promover las soluciones a las demandas o propuestas de los vecinos de su colonia; 

 

  1. Elaborar, y proponer a la autoridad correspondiente programas y proyectos de desarrollo comunitario, así como desarrollar acciones de información, capacitación y educación en los temas enumerados en el artículo anterior; 

III. Colaborar en la ejecución de los programas de desarrollo vecinal; 

 

  1. Supervisar el desarrollo, ejecución de obras, servicios o actividades que se desarrollen en la colonia; 
  2. Conocer y emitir opinión no vinculante sobre los programas y servicios públicos prestados en la colonia por la Administración Pública del Estado de Aguascalientes o sus municipios; 
  3. Promover la organización democrática de los habitantes para la resolución de los problemas colectivos; 

VII. Convocar y presidir asambleas vecinales; y 

VIII. Recibir información, capacitación, asesoría y educación por parte de las autoridades de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, o sus municipios, así como los espacios físicos necesarios para realizar sus reuniones de trabajo. 

 

¿Cómo usar los Comités Ciudadanos para prevenir la corrupción?

 

  • Los Comités Ciudadanos pueden actuar como Contraloría Social y así pueden vigilar que una obra o programa social se ejecute de acuerdo al plan y no se caiga en actos de corrupción como no otorgar el servicio o no terminar la obra cuando el recurso fue erogado para ello.